El Decreto Supremo N.º 020-2026-TR, publicado hoy, declara días no laborables sujetos a compensación por la visita del papa León XIV al Perú (11 al 16 de noviembre de 2026).
¿Qué días?
- Lima y Callao: 11 y 12 de noviembre, desde la 1:00 p. m. hasta las 12:00 de la noche, y todo el 16 de noviembre.
- Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura: 13 y 14 de noviembre.
- Cusco y Ucayali: 15 de noviembre, solo para el sector privado.
¿Cómo funciona?
- Sector público: las horas no trabajadas se recuperan en los 10 días siguientes o cuando lo disponga el titular de la entidad.
- Sector privado: solo se aplica si empleador y trabajadores lo acuerdan; si no hay acuerdo, decide el empleador. El acuerdo debe fijar cómo se recuperan las horas.
- Para fines tributarios, estos días se consideran hábiles.
- Salud, limpieza, agua, electricidad, transporte, seguridad, bancos, restaurantes y otros servicios esenciales pueden señalar qué trabajadores siguen laborando.
¿Qué significa para ti? No es feriado: es un día que se devuelve con horas de trabajo. Si eres trabajador privado, pregunta a tu empleador si se acogerá y cómo recuperarás esas horas. Y si tienes un plazo ante SUNAT, ese día cuenta como hábil.
Fuente oficial: Decreto Supremo N.º 020-2026-TR, Diario Oficial El Peruano, 23/10/2026.
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