El Tribunal Constitucional declaró improcedente una demanda de hábeas corpus vinculada a un conflicto sobre el uso de un pasadizo, una cochera y otras áreas comunes de un inmueble en copropiedad, así como a la interposición de denuncias y procesos judiciales.
Puntos clave
Criterio del Tribunal
Determinar el alcance de los derechos derivados de la copropiedad y la naturaleza jurídica del pasadizo, la cochera y los espacios comunes excede el ámbito de cognición del hábeas corpus. Se aplicó el artículo 7.1 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Vía adecuada
Las controversias sobre uso, administración y derechos sobre bienes comunes corresponden, en principio, a la vía civil.
Ficha de referencia
| Expediente | 02008-2025-PHC/TC |
|---|---|
| Proceso | Hábeas corpus |
| Resultado | Improcedente |
| Publicación | Separata del 16 de octubre de 2026 |

Nota informativa elaborada sobre la base de la sentencia publicada en la separata de Procesos Constitucionales del Diario Oficial El Peruano. No constituye asesoría legal para un caso concreto. Por política del estudio, no se consignan nombres de personas.
