La Resolución N.º 00250-2026-SUNARP/SN regula la presentación por vía electrónica, a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp), del título de inmatriculación (primera inscripción) en el Registro de Propiedad Vehicular. Hasta ahora esta vía estaba prevista para los vehículos nuevos importados; desde el 24 de octubre de 2026 se suman los de fabricación o ensamblaje nacional, con reglas unificadas.
¿Qué dispone?
- Alcanza a vehículos nuevos importados y de fabricación o ensamblaje nacional, incluidos los que tengan carrocería montada después de su nacionalización, siempre que les corresponda placa ordinaria o especial.
- Pueden presentar el título el notario o el gestor acreditado, cada uno con su certificado digital.
- Los documentos extranjeros con apostilla o legalizaciones solo los presenta el notario.
- Los gestores no pueden presentar por esta vía vehículos especiales, con placa temporal ni usados.
- Es una vía alternativa: el trámite en papel sigue disponible.
- Deja sin efecto los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución N.º 186-2023-SUNARP/SN y el artículo 1 de la Resolución N.º 168-2024-SUNARP/SN, que regulaban el tema.
Además, la Resolución N.º 00251-2026-SUNARP/SN permite a PROVÍAS NACIONAL presentar en línea sus resoluciones para inscribir actos en el Registro de Predios desde el 26 de octubre.
¿Qué significa para ti? Si compras un auto o moto nuevo, pregunta al concesionario o al notario si presentará tu inscripción en línea: puede ahorrarte tiempo y traslados.
Fuente oficial: Resolución N.º 00250-2026-SUNARP/SN y Resolución N.º 00251-2026-SUNARP/SN, Diario Oficial El Peruano, 23/10/2026.
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