El Primer Vicepresidente queda a cargo del Despacho Presidencial durante los viajes a El Salvador y España

Palacio de Gobierno del Perú de noche

La Resolución Suprema N.º 307-2026-PCM, publicada en El Peruano el 27 de octubre de 2026, encarga el Despacho de la Presidencia de la República al Primer Vicepresidente y el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministro de Defensa, mientras dure la ausencia de la Presidenta de la República.

¿Qué dispone?

  • El encargo rige del 28 al 31 de octubre y del 2 al 6 de noviembre de 2026; según el artículo 1, «en ambos casos en tanto dure la ausencia de la señora Presidenta de la República».
  • El encargo de la Presidencia del Consejo de Ministros cubre las mismas fechas, mientras dure el impedimento del titular (artículo 2).
  • Se sustenta en los artículos 115, 126 y 127 de la Constitución.

¿Por qué?

El Senado autorizó dos viajes mediante la Resolución Legislativa N.º 32742: una visita oficial a El Salvador (San Salvador y Tecoluca), con reuniones sobre justicia, seguridad pública, salud y educación, y la participación en la XXX Cumbre Iberoamericana de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, en Madrid.

¿Qué significa para ti? La administración pública sigue funcionando: los trámites continúan con normalidad, y los decretos y resoluciones supremas de esos días llevarán la firma de quienes quedan encargados.

Fuente oficial: Resolución Suprema N.º 307-2026-PCM, Diario Oficial El Peruano, Normas Legales, 27/10/2026, p. 2.

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