Osiptel modificó el instructivo técnico del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (RENTESEG). El Decreto Legislativo 1596 le permite requerir a las operadoras, de oficio o a solicitud del Ministerio del Interior, la Policía, el INPE, el Ministerio Público o el Poder Judicial, «la baja del servicio público móvil, de acuerdo al reporte de los equipos terminales móviles utilizados o vinculados a la comisión de delitos».
La resolución cambia el Formato 16, que registra la fecha y hora efectiva de bloqueos, desbloqueos, suspensiones, bajas y reactivaciones, e incorpora el Formato 28, para entregar la información de esas medidas. Además, resuelve «Establecer un plazo máximo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución» para que las concesionarias móviles se adecúen (artículo 2). Las operadoras habían pedido entre seis y doce meses.
¿Qué significa para ti? Tu línea o tu equipo pueden darse de baja o bloquearse si se reporta su vinculación con delitos. Si crees que hubo un error, la norma contempla la reactivación o el desbloqueo: conserva tus datos de titularidad y consulta el procedimiento.
Fuente oficial: Resolución N.º 000286-2026-GG/OSIPTEL, Diario Oficial El Peruano, Normas Legales, 31/10/2026, pp. 54-55.
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