
La Resolución Suprema N.º 307-2026-PCM, publicada en El Peruano el 27 de octubre de 2026, encarga el Despacho de la Presidencia de la República al Primer Vicepresidente y el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministro de Defensa, mientras dure la ausencia de la Presidenta de la República.
¿Qué dispone?
- El encargo rige del 28 al 31 de octubre y del 2 al 6 de noviembre de 2026; según el artículo 1, «en ambos casos en tanto dure la ausencia de la señora Presidenta de la República».
- El encargo de la Presidencia del Consejo de Ministros cubre las mismas fechas, mientras dure el impedimento del titular (artículo 2).
- Se sustenta en los artículos 115, 126 y 127 de la Constitución.
¿Por qué?
El Senado autorizó dos viajes mediante la Resolución Legislativa N.º 32742: una visita oficial a El Salvador (San Salvador y Tecoluca), con reuniones sobre justicia, seguridad pública, salud y educación, y la participación en la XXX Cumbre Iberoamericana de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, en Madrid.
¿Qué significa para ti? La administración pública sigue funcionando: los trámites continúan con normalidad, y los decretos y resoluciones supremas de esos días llevarán la firma de quienes quedan encargados.
Fuente oficial: Resolución Suprema N.º 307-2026-PCM, Diario Oficial El Peruano, Normas Legales, 27/10/2026, p. 2.
¿Esta información tiene que ver con tu caso? Escríbenos para una evaluación confidencial por WhatsApp.
Contenido informativo elaborado a partir de publicaciones oficiales del Diario Oficial El Peruano. No constituye asesoría legal para un caso concreto. Por respeto a la privacidad, no se consignan nombres de personas.
