Inambari: nadie puede cerrar con un portón una vía pública ni cobrar por pasar; la Sala de Mazuko confirma el hábeas corpus

Proceso de hábeas corpus · Expediente N.º 01794-2025-0-2701-JR-PE-01 · Sala Penal de Apelaciones en adición de funciones de Sala Mixta, sede Mazuko (Corte Superior de Justicia de Madre de Dios) · Sentencia de vista (Resolución N.º 33) del 27 de agosto de 2026 · Publicada en El Peruano, Procesos Constitucionales, el 25 de octubre de 2026, páginas 10 a 12.

Una asociación instaló un portón metálico en la trocha carrozable del kilómetro 123 de la Interoceánica, única entrada a la comunidad de la cuenca del río Manuani, en Inambari. Unas 50 familias denunciaron que no podían pasar libremente y que se les cobraba por abrirlo. El juez constitucional ordenó retirar el portón en 24 horas y la Sala confirmó esa decisión.

¿Qué dijo la Sala?

Según un informe del Instituto Vial Provincial de Tambopata, el camino es una vía vecinal de uso común. Por eso: «(…) de ningún modo y bajo ninguna justificación puede la parte denunciada irrogarse derechos sobre el libre uso de la vía pública y menos restringir su uso a pago alguno u otra condición.» (fundamento 3.7, página 11).

  • No se exige ser propietario: basta acreditar que se afecta el libre tránsito y el acceso al lugar de residencia (fundamento 3.8, página 12).
  • Derecho de defensa: la inspección judicial fue válida porque el demandado fue notificado y firmó el acta (fundamento 3.4, página 11).
  • Alegato ambiental: el hábeas corpus solo discute la libertad; si hay delitos ambientales, deben denunciarse en la vía correspondiente (fundamento 3.9, página 12).

¿Qué significa para ti? Si alguien bloquea con rejas, cadenas o cobros el único camino a tu casa o comunidad, puedes presentar un hábeas corpus. El juez puede ordenar el retiro del obstáculo en 24 horas.

Información general; no constituye asesoría legal para un caso concreto.

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