El Tribunal Constitucional declaró infundada una demanda de hábeas corpus que pedía ordenar la entrega de las llaves de ingreso a un inmueble, al no acreditarse que la demandante residiera en él.
Puntos clave
Antecedentes
En un proceso civil previo se ordenó a la demandante restituir el área que ocupaba como poseedora, y se ejecutó el lanzamiento (f. 5).
¿Para qué sirve?
Quien acude al hábeas corpus porque se le impide ingresar a un inmueble debe poder probar que es su vivienda. La sola disputa sobre la posesión o la propiedad no basta (f. 4).
Fallo
Infundada la demanda de hábeas corpus.
Ficha de referencia
| Expediente | 00730-2024-PHC/TC |
|---|---|
| Proceso | Hábeas corpus |
| Resultado | Infundada |
| Publicación | Separata del 20 de octubre de 2026 |

Nota informativa elaborada sobre la base de la sentencia publicada en la separata de Procesos Constitucionales del Diario Oficial El Peruano. No constituye asesoría legal para un caso concreto. Por política del estudio, no se consignan nombres de personas.
